Decreto Supremo 3468

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición1032NEC
Fecha de Publicación24 de Enero de 2018
Tipo de EdiciónNormal

CONSIDERANDO:

Que el numeral 4 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado, los recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua.

Que el Parágrafo III del Artículo 369 del Texto Constitucional, determina que será responsabilidad del Estado la dirección de la política minera y metalúrgica, así como el fomento, promoción y control de la actividad minera.

Que el Artículo 74 de la Ley Nº 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, dispone que la Empresa Siderúrgica del Mutún – ESM es una empresa estatal, de carácter público, responsable de realizar actividades de prospección, exploración, explotación, beneficio, fundición, refinación, comercialización e industrialización de minerales del yacimiento del Mutún; ésta deberá regirse conforme lo establece la Ley N° 3790, de 24 de noviembre de 2007, de Creación de la Empresa Siderúrgica del Mutún, en base a su dinámica empresarial y los lineamientos generales emitidos por el Consejo Superior de la Empresa Estatal Pública – COSEEP.

Que el numeral 7.3 “Minero Metalúrgico” del Pilar 7 del Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 en el marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, aprobado por Ley N° 786, de 9 de marzo de 2016, señala como Resultado 18 de la Meta 2 que se han implementado y han entrado en operación nuevas plantas de industrialización y transformación con mayor diversificación, dentro de las cuales se encuentra la “Planta Siderúrgica del Mutún”.

Que el Decreto Supremo N° 3364, de 18 de octubre de 2017, determina las obligaciones de las Entidades que intervengan en el proceso de transferencia de recursos externos de crédito o donación oficial.

Que el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, ha gestionado ante el Banco de Exportaciones e Importaciones de China – EXIMBANK un crédito por un monto de hasta $us396.134.000.- (TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) para financiar parcialmente la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR