Decreto Supremo 3244

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición977NEC
Fecha de Publicación 5 de Julio de 2017
Tipo de EdiciónNormal

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 33 de la Constitución Política del Estado, determina que las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente.

Que el Artículo 40 de la Ley N° 1333, de 27 de abril de 1992, establece que es deber del Estado y la sociedad mantener la atmósfera en condiciones tales que permita la vida y su desarrollo en forma óptima y saludable.

Que el numeral 4 del Parágrafo I del Artículo 7 de la Ley N° 071, de 21 de diciembre de 2010, de Derechos de la Madre Tierra, señala como un derecho de la Madre Tierra al aire limpio, que es el derecho a la preservación de la calidad y composición del aire para el sostenimiento de los sistemas de vida y su protección frente a la contaminación, para la reproducción de la vida de la Madre Tierra y todos sus componentes.

Que el Parágrafo II del Artículo 191 de la Ley N° 165, de 16 de agosto de 2011, General de Transporte, modificada por la Ley N° 821, de 16 de agosto de 2016, dispone que para la importación de vehículos automotores, se deberá cumplir con las Normas de Emisiones Atmosféricas EURO o equivalentes. La Norma de Emisiones Atmosféricas EURO IV o equivalentes y otras posteriores, serán aplicadas una vez que los combustibles producidos e importados por el Estado Plurinacional de Bolivia cumplan con la calidad exigida por estas Normas. Entre tanto, solamente se permitirá la importación de vehículos automotores que cumplan con la Norma de Emisiones Atmosféricas a partir de la EURO II o equivalentes.

Que el Artículo 2 del Reglamento de la Ley del Medio Ambiente Nº 1333, Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica, aprobado por Decreto Supremo Nº 24176, de 8 de diciembre de 1995, establece que toda persona tiene el derecho a disfrutar de un ambiente sano y agradable en el desarrollo y ejercicio de sus actividades, por lo que el Estado y la sociedad tienen el deber de mantener y/o lograr...

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