Decreto Supremo 1690

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición550NEC
Fecha de Publicación14 de Agosto de 2013
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO Nº 1690 EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados. Que el Decreto Supremo Nº 29215, de 2 de agosto de 2007, que reglamenta la Ley Nº 1715, de 18 de octubre de 1996, del Servicio Nacional de Reforma Agraria y sus modificaciones establecidas en la Ley N° 3545, de 28 de noviembre de 2006, de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria, establece el procedimiento y plazos de los procesos de reversión de tierras y saneamiento de la propiedad agraria.

Que el inciso a) del Artículo 112 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, dispone como una de las atribuciones del Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario, promover el desarrollo rural y agropecuario, integral y sustentable con énfasis en la seguridad y soberanía alimentaria reconociendo la diversidad cultural de los pueblos revalorizando sus conocimientos ancestrales y las capacidades productivas comunitarias, en el marco de la economía plural. Que el inciso c) del Parágrafo I del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0071, de 9 de abril de 2009, crea la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra - ABT. Que el inciso a) del Artículo 31 del Decreto Supremo Nº 0071, señala como una de las competencias de la ABT, precautelar el manejo integral y sustentable de los recursos forestales y tierra en aplicación de la normativa legal vigente.

Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 1460, de 10 de enero de 2013, que Reglamenta la aplicación de la Ley Nº 317, de 11 de diciembre de 2012, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, determina que en el marco de sus competencias, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR