Resolución Nº ATT-DJ-FREPR-ODE-TL LP 94/2024 de Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, 08/04/2024

Fecha08 Abril 2024
Número de resoluciónATT-DJ-FREPR-ODE-TL LP 94/2024
Tipo de procesoRechazo de Reclamacion Administrativa
Tipo de documentoRECHAZO DE RECLAMACION ADMINISTRATIVA RESPUESTA PROCEDENTE RE 03
LA PAZ: Calle 13 de Calacoto
N°8260 entre Av. Los Sauces y
Costanera
Telf.:2772266 Fax: 2772299
Casilla: 6692 Casilla: 65
COCHABAMBA: Avenida Ballivián
N°683 esquina España y La Paz (El
Prado)
Telf./Fax: 4-4581182 Fax: 4-
4581184 4-4581185
SANTA CRUZ: Avenida Beni, entre
4° y 5° anillo, calle 3, Gardenia
Condominio Club Torre Sur Planta
Baja Of. 2
Telf./Fax:3-3120587 - 3-3120978
TARIJA: Calle Alejandro del
Carpio s/n esquina O’ Connor
Piso 1
Telf.:4-6644136 4-6666484
Fax: 4-6112611
Línea Gratuita
de Protección
al Usuario: 800-
10-6000
www.att.gob.bo
RECHAZO DE RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA POR RESPUESTA
PROCEDENTE O MANIFIESTAMENTE INFUNDADA -
TELECOMUNICACIONES
FI-RE-02.3
Fecha:
La Paz, 08 de abril de 2022
ANTECEDENTES DE LA RECLAMACIÓN
OPERADOR:
EMPRESA TELEFONICA CELULAR DE BOLIVIA SOCIEDAD ANONIMA
TELECEL S.A.
USUARIA:
ERICK ADOLFO PEREZ ZUBIETA
N° Reclamación Directa:
TELECEL S.A./CBBA/8002
Resultado de la
Reclamación:
PROCEDENTE
PARCIALMENTE PROCEDENTE
IMPROCEDENTE
SIN RESPUESTA
Fecha de la
Reclamación
Administrativa:
14/11/2022
Presentada
ante:
OPERADOR
ATT
Causal de Rechazo:
Manifiestamente Infundada Reclamación directa presentada ante la ATT
No corresponde a la competencia de la ATT
DESCRIPCIÓN DEL HECHO Y/O INCONVENIENTE, RESPUESTA DEL OPERADOR Y/O LA
RESTITUCIÓN DEL DERECHO El USUARIO manifestó lo siguiente en la Reclamación Directa: “Hace do s semanas
que mi servicio de internet está mal, fue la visita técnica pero el problema sigue. En respuesta el OPERADOR resolvió el
reclamo declarándolo PROCEDENTE señalando lo siguiente: “En atención a su reclamo TELECEL S.A./CBBA/8002,
permítanos informarle que se realizaron las verificaciones correspondientes en su servicio Tigo Hoga r con código
de usua rio 1401847 y le pedimos acepte nuestras más sinceras, toda vez que lamentamos evidenciar una demora
inusual en el cumplimiento de su solicitud de asistencia técnica, en este sentido agradecemos el tiempo que se tomó
en hacernos conocer la misma, toda vez que nos ayuda en la mejora del servicio que brindamos. Por o tro lado, es
necesario mencionar q ue se confirma se dio cumplimiento a la visita técnica en fecha 08 de noviembre del presente
año, dejando el servicio con parámetros normales de funcionamiento. Adicionalmente, indicarle que se aplicó el
descuento de 204,50Bs., en su factura emitida del noviembre del 2022 .
En atención a los argumentos vertidos y en concordancia con el Artículo 61 del Reglamento de la Ley de Procedimiento
Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial aprobado por el Decreto Supremo N° 27172 de 15 de septiembre
de 2003 (REGLAMENTO APROBADO POR EL D.S. 27172 ), la Autoridad de Regulación y Fiscalización de
Telecomunicaciones y Transporte (ATT) podrá pronunciarse sobre el rechazo de la Reclamación Administrativa cuando
esta sea manifiestamente infundada, lo que implicó que esta Autoridad recurra a los hechos acontecidos en la Reclamación
Directa y así en función a ello determinar cuál fue el objeto de la presente reclamación y si la misma se encuentra
sustentada. En ese entendido, de la revisión de los antecedentes y de conformidad a lo establecido en la Comunicación
Interna ATT-DFC-CI LP 769/2023 de 15 de septiembre de 2023 (Fs.19 a 21) emitido por la Dirección de Fiscalización y
Control de esta Autoridad, se logró identificar los siguientes puntos importantes:
• El OPERADOR informó que el USUARIO estaba suscrito al plan denominado “Tigo Total Inicial, con una tarifa
básica mensual de Bs409 (Cuatrocien tos nueve 00/100 Bolivianos), línea 78954744 que pertenece al USUARIO se
encuentra en la modalidad prepago (Fs.15).
• El OPERADOR remite una captura de imagen en la que se muestra el formulario de aceptación de trabajo (Fs.12),
realizado en fecha 8 de noviembre de 2022 a horas 10:49, es importante resaltar que dicho formulario cuenta con la
firma de conformidad del USUARIO; al respecto, también informó, que la descripción del trabajo menciona que se
realizó la configuración del modem y canal de navegación, verificando una velocidad de cuarenta y nueve (49) Mbps
Fecha de la
Reclamación
Directa:
31/10/2022
Fecha de
Resolución a la
Reclamación
Directa:
09/11/2022
Fecha de
Notificación
con la
Resolución:
11/11/2022
ATT-DJ-FREPR-ODE-TL LP 94/2024 ATT-DJ-FREPR-ODE-TL LP 94/2024
I-LP-2551/2024
Firmado Digitalmente
Verificar en:

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