Ley 465

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición598NEC
Fecha de Publicación23 de Diciembre de 2013
Tipo de EdiciónNormal

LEY Nº 465 LEY DE 19 DE DICIEMBRE DE 2013

ALVARO GARCÍA LINERA

PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DEL SERVICIO DE RELACIONES EXTERIORES DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO, PRINCIPIOS, VALORES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1 (OBJETO)

La presente Ley tiene por objeto establecer la naturaleza del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, bajo el ámbito de competencias y atribuciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del cual depende; regular su estructura orgánica, sus funciones, su relacionamiento, coordinación y supervisión de las servidoras y los servidores públicos que lo integran, en el marco de la Política Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 2 (PRINCIPIOS Y VALORES)

Lo dispuesto en la presente Ley, debe interpretarse de acuerdo a los principios ético-morales, valores y principios que rigen las relaciones internacionales, según lo previsto en los Artículos 8, 10, Artículo 172 numeral 5 y Artículo 255 de la Constitución Política del Estado, y referencialmente por los siguientes postulados generales:

Derechos. El ejercicio de los derechos de la Madre Tierra, el principio de la vida, el derecho a satisfacer nuestras necesidades espirituales y materiales, y todos los derechos humanos constituyen los fundamentos para las relaciones entre los pueblos y naciones del mundo con soberanía y dignidad. Así se genera la energía comunal o del cambio que nuestros pueblos y naciones anhelan.

Vivir Bien. Es el horizonte civilizatorio y cultural por el que se valora la vida de forma colectiva, complementaria y solidaria, garantizando el consenso, la identidad y el equilibrio entre lo que nos rodea, entre nosotros y con uno mismo, para establecer relaciones de hermandad entre los pueblos y naciones del mundo mediante la energía comunal de cambio.

Pluriculturalidad. Constituye el reconocimiento a la diversidad de pueblos y formas de organización de la sociedad que existen y coexisten dentro del territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, con conocimientos ancestrales, culturales, económicos y sociales propios.

Diplomacia de los pueblos por la vida. Consiste en facilitar el diálogo y trabajo para todos, priorizar los intereses de las naciones, promover y facilitar no sólo el relacionamiento entre Estados sino también entre pueblos, y para valorizar el respeto a los derechos humanos y principios de la vida sobre criterios exclusivos de mercado y capital. Así, supone que los pueblos del mundo se relacionan entre sí para complementarse y alcanzar de forma concertada y sin imposiciones, los acuerdos que permiten proteger la vida y el planeta. Por esto, se contrapone a toda forma de imposición y violencia de un pueblo contra otro que amenace o destruya la vida.

Derechos de los pueblos y naciones indígenas.Se garantiza y respeta el ejercicio pleno de los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas. Asimismo, el Estado fortalecerá la integración de sus naciones y pueblos indígena originario campesinos con los pueblos indígenas del mundo, y se rechaza toda forma de racismo y discriminación.

Conocimientos y prácticas de los pueblos y naciones indígenas. Se revaloriza, promueve, desarrolla y mantiene las estructuras institucionales y/o sistemas jurídico, político y económico, los saberes, conocimientos, prácticas, medicina, idiomas, rituales-espiritualidad, símbolos, identidad cultural, vestimenta, territorios ancestrales, gestión territorial y libre determinación de las naciones y pueblos indígenas.

Derecho a la paz. Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cooperación entre los pueblos de la región y del mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, al desarrollo equitativo y a la promoción de la interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía de los Estados; rechaza toda guerra de agresión como instrumento de solución a los diferendos y conflictos entre Estados y se reserva el derecho a la legítima defensa en caso de agresión que comprometa la independencia y la integridad del Estado. Prohíbe asimismo, la instalación de bases militares extranjeras en su territorio.

Seguridad con soberanía alimentaria. Constituye el derecho de los pueblos y gobierno a definir e implementar sus propias políticas públicas y estrategias sustentables de producción, distribución, comercialización y consumo d alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados, que garanticen el derecho a la alimentación de toda la población, con base a los pequeños productores, recuperando y fortaleciendo los saberes locales, prácticas y tecnologías propias, en armonía y equilibrio con la Madre Tierra.

Reivindicación marítima. derecho irrenunciable e imprescriptible del Estado Plurinacional de Bolivia sobre el El territorio que le dé acceso con soberanía sobre el Océano Pacífico y su espacio marítimo. La solución efectiva del diferendo marítimo a través de medios pacíficos y el ejercicio pleno sobre dicho territorio, constituyen objetivos permanentes e irrenunciables del Estado boliviano.

Integración y fronteras Con la premisa que la integridad territorial, la preservación y el desarrollo de zonas . fronterizas constituye un deber del Estado, y que sobre los principios de una relación justa, equitativa y con reconocimiento de las asimetrías, se deben promover las relaciones de integración social, política, cultural y económica con los demás Estados, naciones y pueblos del mundo y, en particular, la integración latinoamericana. La reconstrucción del Abya Yala y las relaciones complementarias entre sus pueblos orientan la política y visión de integración del Estado Plurinacional de Bolivia buscando la armonía y la paz.

Comercio solidario y complementario. Intercambio entre países destinados a beneficiar a sus pueblos y a fortalecer los aparatos productivos. Visualiza al comercio como un medio para alcanzar el vivir bien y no como un fin en sí mismo. En lugar de promover la competencia entre los pueblos busca un intercambio equilibrado e integrado.

Interculturalidad. Constituye el proceso de comunicación e interacción entre personas y grupos de forma horizontal y sinérgica favoreciendo la integración y convivencia armónica entre culturas y pueblos del mundo.

Artículo 3 (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
  1. Las disposiciones de la presente Ley se aplican a toda representación internacional del Estado Plurinacional de Bolivia, dentro o fuera del país, y en particular a las servidoras y los servidores públicos que integran el Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia. II. A las servidoras y los servidores públicos de las entidades territoriales autónomas y otras que comparten o coordinan competencias o atribuciones con el Ministerio de Relaciones Exteriores, y a las representantes y los representantes o delegadas y delegados permanentes o temporales por el Estado Plurinacional de Bolivia en organismos internacionales.

CAPÍTULO II MISIÓN INSTITUCIONAL Y ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículos 4 a 23
Artículo 4 (MISIÓN INSTITUCIONAL Y ATRIBUCIONES DE LA MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVA)
  1. El Ministerio de Relaciones Exteriores constituye la entidad rectora de las relaciones internacionales del Estado Plurinacional que desarrolla la gestión de la política exterior para la defensa de su soberanía, independencia e intereses, mediante la aplicación de la diplomacia de los pueblos por la vida, en beneficio de las y los bolivianos.

  2. La Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores como autoridad competente y responsable para coordinar y ejecutar la Política Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia, por sí o a través de las instancias previstas en la presente Ley, tiene las siguientes atribuciones:

Dirigir las relaciones diplomáticas bilaterales y multilaterales, la política consular, la participación y la representación del Estado Plurinacional de Bolivia en organismos, foros y otros espacios internacionales.

Presidir la delegación boliviana en reuniones, encuentros, foros, cumbres, asambleas y otros eventos internacionales por sí o a través de sus dependientes, mediante instrucciones expresas; así como...

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