Decreto Supremo 4832
Gobierno | LUÍS ALBERTO ARCE CATACORA |
Número de Edición | 1575NEC |
Fecha de Publicación | 30 de Noviembre de 2022 |
Tipo de Edición | Normal |
DECRETO SUPREMO N° 4832
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 252 de la Constitución Política del Estado, determina que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.
Que el Artículo 1 de la Ley N° 734, de 8 de abril de 1985, Orgánica de la Policía Nacional, dispone que la Policía Nacional, actual Policía Boliviana, es una Institución fundamental del Estado que cumple funciones de carácter público, esencialmente preventivas y de auxilio, fundada en los valores sociales de seguridad, paz, justicia y preservación del ordenamiento jurídico que en forma regular y continua, asegura el normal desenvolvimiento de todas las actividades de la sociedad.
Que el Parágrafo I del Artículo 7 de la Ley N° 370, de 8 de mayo de 2013, de Migración, señala que la Dirección General de Migración es un órgano de derecho público desconcentrado del Ministerio de Gobierno, con una estructura propia y jurisdicción nacional bajo tuición del Ministerio de Gobierno.
Que los numerales 3, 4, 5, 13 y 14 del Parágrafo II del Artículo 7 de la Ley N° 370, modificada por la Ley N° 997, de 13 de noviembre de 2017, establecen como facultades y responsabilidades de la Dirección General de Migración, gestionar la emisión y control de pasaportes corrientes; gestionar el Registro Nacional de Extranjeros y el Registro Nacional de Arraigos; conceder a favor de las personas refugiadas y apátridas los documentos de viaje y la permanencia indefinida; crear y controlar puestos fronterizos migratorios; y crear puestos de servicio y control migratorio.
Que el Artículo 2 de la Ley N° 145, de 27 de junio de 2011, del Servicio General de Identificación Personal y del Servicio General de Licencias para Conducir, crea el Servicio General de Identificación Personal - SEGIP, como institución pública descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad administrativa, financiera, legal, técnica y operativa, bajo tuición del Ministerio de Gobierno, con jurisdicción y competencia en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, siendo la única entidad pública facultada para otorgar la Cédula de Identidad - C.I., dentro y fuera del territorio nacional, crear, administrar, controlar, mantener y precautelar el Registro Único de...
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