Decreto Supremo 2309

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición739NEC
Fecha de Publicación25 de Marzo de 2015
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO N°2309 EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 226 de la Ley N° 025, de 24 de junio de 2010, del Órgano Judicial, establece que la Direcció Administrativa y Financiera es una entidad desconcentrada, con personalidad jurídica propia, autonomía técnica, económica y financiera y patrimonio propio, encargada de la gestión administrativa y financiera de las jurisdicciones ordinarias, agroambiental y del Consejo de la Magistratura. Ejerce sus funciones en todo el territorio del Estado, pudiendo crear oficinas departamentales. Que el Artículo 12 del Decreto Supremo N° 0283, de 2 de septiembre de 2009, modificado por el Parágrafo I del Decreto Supremo N° 2063, de 23 de julio de 2014, señala que la autorización de compra de vehículos debe realizarse mediante Decreto Supremo, independientemente de la fuente de financiamiento. Que la entidad solicitante requiere la compra de vehículos automotores, para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de sus actividades programadas, en el marco de sus atribuciones y competencias establecidas en la normativa vigente. EN CONSEJO DE MINISTROS, D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO autoriza a la Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial, la compra de Se cuatro (4) camionetas doble cabina tipo...

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