Auto Nº 7/2024 de Tribunal Agroambiental Plurinacional, 02-04-2024

Número de expediente4227/2021
Fecha02 Abril 2024
Número de auto7/2024
Tipo de proceso: Contencioso Administrativo Selvy Mercedes Suarez Suarez Demandado: Presidente del Estado y Ministro de Desarrollo Rural y Tierras Predio: “Idalia”Distrito: Beni
EmisorTribunal Agroambiental (Bolivia)

AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1 a N° 7/2024

EXPEDIENTE N° 4227/2021

Proceso: Contencioso Administrativo

Demandante: Selvy Mercedes Suarez Suarez

Demandado: Presidente del Estado y Ministro de Desarrollo Rural y Tierras

Predio: “I.”

Distrito: Beni

Fecha: Sucre, 2 de abril de 2024

Magistrado Semanero: Dr. R.N.V. Mercado

I. ANTECEDENTES PROCESALES

La Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 18/2022 de 06 de abril, cursante de fs. 434 a 442 de obrados, misma que al ser objeto de una Acción de A.C. fue dejada sin efecto a través de la Resolución de Sala Constitucional 003/2023 de 13 de enero, cursante de fs. 492 a 499 vta. de obrados, que determinó conceder la tutela impetrada; por lo que, en mérito a dicha decisión, se emitió la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 18/2023 de 29 de mayo, cursante de fs. 513 a 530 vta. de obrados.

Ahora bien, a través de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0413/2023-S4 de 5 de junio, cursante de fs. 577 a 594 vta. de obrados, la Sala Cuarta Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional dispuso revocar la concesión de tutela dispuesta por el Tribunal de garantías constitucionales, denegando en su integridad la tutela impetrada; por ello, en atención a que la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 18/2023 de 29 de mayo fue emitida por la concesión de tutela dispuesta por la Resolución de Sala Constitucional 003/2023 de 13 de enero, y siendo que dicha concesión de tutela fue revocada por el Tribunal Constitucional Plurinacional determinando la denegatoria íntegra de la misma, éste Tribunal Agroambiental, en observancia de la decisión emitida por la jurisdicción constitucional, debe actuar en consecuencia dejando sin efecto la referida determinación agroambiental, quedando firme y en plena vigencia la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 18/2022 de 06 de abril.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Conforme a lo establecido por el art. 203 de la CPE; “Las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno”, mandato del cual se extrae que, de la función tutelar que cumple la instancia concentrada creada por el constituyente, emerge la cosa juzgada constitucional, que a su vez significa la irrevisabilidad de las sentencias constitucionales, su inmodificabilidad así como su vinculatoriedad a todas las personas y autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia; en ese mismo sentido, las normas del Código Procesal Constitucional también regulan la naturaleza de las sentencias constitucionales y la cosa juzgada constitucional

Así mismo, el art. 15 del Código Procesal Constitucional, establece: "I. Las sentencias, declaraciones y autos del Tribunal Constitucional Plurinacional son de cumplimiento obligatorio para las partes intervinientes en un proceso constitucional; excepto las dictadas en las acciones de inconstitucionalidad y recurso contra tributos que tienen efecto general. II. Las razones jurídicas de la decisión, en las resoluciones emitidas...

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