Auto Nº 160/2007 de Corte Suprema, 02-02-2007

Fecha02 Febrero 2007
Número de auto160/2007
EmisorSala Penal Primera
200702-Sala Penal Primera-1-160

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 160 Sucre 2 de febrero de 2007

DISTRITO: Tarija

PARTES : J.C.S. y otra c/ G.F.M.V. y otra.

Estafa y otro.

MINISTRO RELATOR: Dr. W.O.R..


A, 2 de febrero de 2007, Sucre.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 72 a 82, interpuesto por G.F. y W.A.M.V. impugnando el Auto de Vista N ° 73/2.006 de fojas 49 vlta a 52, de fecha 28 de noviembre de 2006, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso penal seguido por los querellantes J.C.S. y L.S. de Catari contra los recurrentes por los delitos de estafa y estelionato, tipificados por los Arts. 335 y 337 del Código Penal, los antecedentes del proceso, las leyes invocadas como infringidas, y:

CONSIDERANDO: que, el Tribunal de Sentencia de B. del departamento de Tarija, por sentencia de fojas 1 a 10 declara al imputado G.F.M.V. autor del delito de estelionato, imponiéndole la pena privativa de libertad de dos años y tres meses de reclusión a cumplir en el penal de Morros Blancos de la ciudad de Tarija y le absuelve del delito de estafa descrito en el Art. 335 del Código Penal. Respecto al co-imputado W.A.M.V. le absuelve de culpa y pena de los delitos de estafa y estelionato. Contra la sentencia los querellantes y el coimputado G.F.M.V. interponen apelación restringida que es resuelta por Auto de Vista de fojas 49 vlta. a 52 vlta., declarando parcialmente con lugar a dicho recurso, en este caso, el Art. 413 parte in fine del Código de Procedimiento Penal con relación al Art. 365 del mismo cuerpo normativo, condenando al coimputado W.A.M.V. por el delito de estafa previsto en el Art. 335 del Código Penal, imponiéndole a cumplir pena privativa de libertad de dos años y tres meses (reclusión o presidio) en el penal de B., más la reparación del daño civil; asimismo modificando el centro penitenciario de Morros Blancos por B. para el cumplimiento de la condena de privación de libertad del imputado G.F.M.V. y, finalmente declarando sin lugar a la apelación restringida del imputado G.F.M.V., por no haber establecido la veracidad de los agravios formulados.

CONSIDERANDO: que, contra el Auto de Vista los dos imputados conjuntamente interponen recurso de casación, argumentando reiteradamente que en esa resolución judicial se había desconocido y violentado la Constitución Política del Estado, Tratados Internacionales y Leyes de la República; se había incurrido en defecto absoluto al no haber...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
6 temas prácticos
  • Auto Nº 349/2018 de Corte Suprema, 18-05-2018
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 18 Mayo 2018
    ...infringiendo los principios de inmediación, probidad y legalidad, contraviniendo los Autos Supremos 463/2010 de 1 de octubre y 160/2007 de 2 de febrero. I.1.2. P.. La parte recurrente solicita que previa admisión de su recurso, se case en el fondo y sea declarado fundado, anulándose el Auto......
  • Auto Nº 268/2018 de Corte Suprema, 27-04-2018
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 27 Abril 2018
    ...citar como precedentes contradictorios los Autos Supremos 316/2009 de 19 de marzo, 257/2011 de 6 de mayo, 463/2010 de 1 de octubre y 160/2007 de 2 de febrero, la recurrente acusa que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización de prueba al aseverar que los interdictos no definen ningún......
  • Auto Nº 570/2015 de Corte Suprema, 04-09-2015
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 4 Septiembre 2015
    ...orden de ingreso, en contradicción con los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 151/2007 de 2 de febrero y 160/2007 de 2 de febrero, que habrían sentado la prohibición del Tribunal de apelación para revalorizar prueba o revisar cuestiones de 3) Por último, denuncia......
  • Auto Nº 329/2015 de Corte Suprema, 22-05-2015
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 22 Mayo 2015
    ...orden de ingreso, en contradicción con los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 151/2007 de 2 de febrero y 160/2007 de 2 de febrero, que habrían sentado la prohibición del Tribunal de apelación para revalorizar prueba o revisar cuestiones de hecho. Por último, denu......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
6 sentencias
  • Auto Nº 349/2018 de Corte Suprema, 18-05-2018
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 18 Mayo 2018
    ...infringiendo los principios de inmediación, probidad y legalidad, contraviniendo los Autos Supremos 463/2010 de 1 de octubre y 160/2007 de 2 de febrero. I.1.2. P.. La parte recurrente solicita que previa admisión de su recurso, se case en el fondo y sea declarado fundado, anulándose el Auto......
  • Auto Nº 268/2018 de Corte Suprema, 27-04-2018
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 27 Abril 2018
    ...citar como precedentes contradictorios los Autos Supremos 316/2009 de 19 de marzo, 257/2011 de 6 de mayo, 463/2010 de 1 de octubre y 160/2007 de 2 de febrero, la recurrente acusa que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización de prueba al aseverar que los interdictos no definen ningún......
  • Auto Nº 570/2015 de Corte Suprema, 04-09-2015
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 4 Septiembre 2015
    ...orden de ingreso, en contradicción con los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 151/2007 de 2 de febrero y 160/2007 de 2 de febrero, que habrían sentado la prohibición del Tribunal de apelación para revalorizar prueba o revisar cuestiones de 3) Por último, denuncia......
  • Auto Nº 329/2015 de Corte Suprema, 22-05-2015
    • Bolivia
    • Sala Penal
    • 22 Mayo 2015
    ...orden de ingreso, en contradicción con los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 151/2007 de 2 de febrero y 160/2007 de 2 de febrero, que habrían sentado la prohibición del Tribunal de apelación para revalorizar prueba o revisar cuestiones de hecho. Por último, denu......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR