Ley 175

GobiernoAdministrativa - Pensión Vitalicia
Número de Edición175
Fecha de Publicación21 de Febrero de 1962

LEY No. 175

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PresidenteConstitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Reconócese la pensión vitalicia de CUATROCIENTOS MIL BOLIVIANOS (Bs. 400.000.- mensuales, a favor de la señora ENRIQUETA CUELLAR VIUDA DE TAPIA, madre del que fue Brigadier Mayor de Carabineros Remberto Tapia Cuellar, héroe de la Revolución Nacional, quien perdió la vida el 9 de abril de 1952 en cumplimiento de su deber y en defensa del pueblo boliviano.

Artículo 2º

La erogación se cargará a la partida correspondiente del presupuesto general de la Nación en cada gestión financiera.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,22 de diciembre de 1961.

(Fdo.) Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional.--; E. Sandoval Morón,Presidente de la H.Cámara de Diputados.-Carmelo Cuéllar J., Senador Secretario.-Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Alfredo Aguirre B., Diputado Secretario.-Jorge Canedo, Diputado...

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