Ley 250

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición250
Fecha de Publicación23 de Octubre de 1963

LEY NUMERO 250

FEDERICO FORTUN SANJINES

Presidente Interino delaRepública

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Créase el cantón ARA, el que estará formado por las comarcas Ara, Yulo, Cactoj, Liruyuc, Orcola, Vásquez, Calla, Arana, Turuyoc, Totoca, Gira, del actual cantón Calcha de la Provincia Nor Chichas del departamento de Potosí.

Artículo 2º

Los límites del cantón serán los de las comarcas que lo componen y su capital será el pueblo de ARA.

Artículo 3º

El Instituto Geográfico Militar, hará la delimitación respectiva de conformidad con el artículo 6ª del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,30 de septiembre de 1963.

(Fdo.) José H.del Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; J. Sanjinés Ovando, Presidente de la H. Cámara de Diputados.-Ismael Olivares, Senador Secretario.- Octavio Rivadeneira, Senador Secretario.-Jesús Suárez,Diputado Secretario.- Germán Claros, Diputado Secretario

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno...

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