Ley 355

GobiernoAdministrativa - Expropiación Inmueble
Número de Edición355
Fecha de Publicación29 de Noviembre de 1967

LEY NUMERO 355.

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Declárase de necesidad y utilidadpúblicas el lote de terreno ubicado en la zona de Santa Bárbara de la ciudad de Potosí, de propiedaddel señorJoaquínVillarpando Aramayo, de 740 metroscuadrados y que tiene los siguiente límites; al norte , terreno de la misma Junta Vecinal; al sur, de Alejandro Delgado, Hilarión Huallpa, Saturnino Mariscal, Felipe Colque y Pedro Gutiérrez; al estecalle transversal H. Vásquez; y al oeste, Román Salamanca y Damiana de Panamá, y dispónesesu expropiaciónpara edificación de una escuela que proyecta la Junta Vecinal de Santa Bárbara de la ciudad de Potosí.

Artículo2º-Los trámites administrativos correspondientes se harán por intermediode la Prefecturadel Departamento de Potosí, de acuerdo a disposiciones legales en vigencia.

Artículo 3º

La Junta de Obras Públicas de Potosí, previo peritajedel caso, pagará el valor del terreno de referenciay todos los gastosque demande la expropiación.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 27 de octubre de 1967.

(Fdo.)Hugo Bozo Alcócer , Presidente del H. Senado Nacional.- Jorge...

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