Ley 340

GobiernoAdministrativa - Impositiva
Número de Edición340
Fecha de Publicación15 de Noviembre de 1967

LEY NUMERO 340.

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Elévase a rango de ley el decreto supremo No. 07894, de fecha 2 de enero del año en curso, por el que se le otorga el 30% del rendimiento de las tasas forestales, como renta propia, a la Facultad de Ingeniería Forestal, Rigos y Conservación de Suelos de la Universidad de Tarija.

Artículo 2º

El Ministerio de Hacienda, por conducto de sus respectivas reparticiones, hará los abonos que le correspode a dicho establecimiento de profesionalización, dependiente de la Universidad "Juan Misael Saracho" de Tarija mediante duodécimas de los fondos recaudados mensualmente por concepto de dichas tasas forestales.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,19 de septiembre de 1967.

(Fdo.) Hugo Bozo Alcócer, Presidentedel H. Senado Nacional.- Jorge Ríos Gamarra, Presidentede la H. Cámara de Diputados.- Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario.- Victor Quinteros Rasguido,Senador Secretario.- Germán Vargas...

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