Decreto Ley 16464

GobiernoInternacional - Concesiones
Número de Edición16464
Fecha de Publicación18 de Mayo de 1979

DECRETO LEY Nº 16464

Gral. Div. DAVID PADILLA ARANCIBIA

Presidente de la H. Junta Militar de Gobierno

CONSIDERANDO:

Que, es deber del Supremo Gobierno la preservación del mundo vivo, ambiente natural del hombre y de los recursos naturales, como factores primordiales de la civilización humana:

Que, la Conservación de la Naturaleza y de los Recursos Naturales es en la actualidad nacional e internacional una verdadera doctrina, dando ejemplo de coexistencia y tolerancia, permitiendo que el hombre y los demás seres vivos puedan usufructuar en la superficie de la tierra el destino que les fué reservado:

Que, el Gobierno de Bolivia mediante Decreto Ley Nº 12301 de fecha 14 de marzo de 1965 promulgó la ley de Vida Silvestre disponiendo su vigencia en todo el territorio nacional:

Que, dicha Ley rige la protección, el manejo, aprovechamiento, transporte y comercialización de la fauna y flora silvestre y sus productos, la protección de las especies amenazadas de extinción, la conservación del habitat de la fauna y flora;

Que, el Gobierno de Bolivia suscribió el 23 de diciembre de 1974 en la ciudad de Berna, Suiza la Conservación para el comercio internacional de las especies amenazadas de fauna y flora silvestre:

DECRETA:

EN CONSEJO DE MINISTROS,

ARTICULO UNICO.- Ratifícase en toda y cada una de sus partes la Convención de...

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