Decreto 27372

GobiernoAdministrativa - Concesiones
Número de Edición27372
Fecha de Publicación20 de Febrero de 2004

DECRETO SUPREMO N° 27372

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial N° 327 de 16 de abril de 1992, la entonces Subsecretaría de Política Fiscal y Presupuesto del Ministerio de Finanzas, incorpora al personal del Programa de Emergencia del Proyecto SAFCO como la Asesoría de Política Fiscal, con rango de Dirección.

Que mediante Resolución Ministerial N° 115 de 31 de julio de 1995, la entonces Subsecretaría del Tesoro del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, incorpora al personal del Programa de Emergencia del Proyecto SAFCO con el nombre de Unidad de Programación Fiscal, con rango de Dirección, equivalente al rango actual de Dirección General.

Que mediante Resolución Ministerial N° 1405 de 9 de noviembre de 1999, se aprueba la Estructura Orgánica del Ministerio de Hacienda, reconociendo a la Unidad de Programación Fiscal con dependencia directa del Viceministro de Tesoro y Crédito Público.

Que el Artículo 19 del Decreto Supremo N° 26973 de 27 de marzo de 2003, describe entre las funciones del Viceministerio de Tesoro y Crédito Público la de participar en la elaboración del Programa Fiscal y Financiero y en el Presupuesto de ingresos fiscales; efectuar el seguimiento del programa fiscal y financiero, elaborando y consolidando los flujos de caja del sector público y; apoyar al Ministro en la coordinación con el Banco Central de Bolivia y entidades del Sector Financiero.

Que las funciones descritas anteriormente son desempeñadas por la Unidad de Programación Fiscal, instancia que no se halla expresamente mencionada en el Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo y sus disposiciones complementarias.

Que de acuerdo al Artículo 45 del Decreto Supremo N° 26973 es posible establecer Unidades Desconcentradas cuando sea pertinente su creación.

Que para un eficiente desempeño de las funciones descritas, es necesario incorporar a la Unidad de Programación Fiscal con un nivel desconcentrado en la estructura y organización del Ministerio de Hacienda, bajo dependencia del Viceministerio de Tesoro y Crédito Público.

Que del relevamiento normativo de las actuales disposiciones en vigencia, se advierte la necesidad de adecuar y regularizar la naturaleza jurídica de la Unidad de Programación Fiscal, formalizando su institucionalidad, dentro del ámbito de las entidades desconcentradas del Ministerio de Hacienda.

EN CONSEJO DE GABINETE,

D E C R E T A:

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