Ley 2194

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Sustantiva – Adjetiva Tributaria
Número de Edición2194
Fecha de Publicación 7 de Mayo de 2001

LEY Nº 2194LEY DE 30 DE ABRIL DE 2001HUGO BANZER SUAREZPRESIDENTE DE LA REPUBLICAPor cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,DECRETA:ARTICULO PRIMERO.- Sustituyese el inciso c) del Artículo 19º de la Ley 843 (Texto Ordenado Vigente), modificado por el Artículo 35º de la Ley Nº 2064 de 3 de abril de 2000, por el siguiente inciso:“c)los provenientes de la colocación de capitales sean, éstos intereses, rendimientos y cualquier otro ingreso proveniente de la inversión de aquellos que no constituyan ingresos sujetos al Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.No están incluidos los dividendos, sean éstos en efectivo, especie o en acciones de Sociedades Anónimas o en Comandita por acciones ni la distribución de utilidades de sociedades de personas y Empresas unipersonales sujetas al impuesto sobre las utilidades de las Empresas.Tampoco están incluidos los intereses generados por depósitos a plazo fijo en el sistema financiero y los rendimientos de otros valores de deuda colocados en un plazo mayor o igual a tres años.Los intereses y los rendimientos de valores de deuda que se rediman antes de su vencimiento, constituyen ingresos, objeto de este impuesto, en ese caso, las entidades financieras y las emisoras de valores deberán retener y liquidar el...

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