Ley 2328

GobiernoAdministrativa - Servicio De Telecomunicaciones
Número de Edición2328
Fecha de Publicación14 de Febrero de 2002

LEY Nº 2328

LEY DE 4 DE FEBRERO DE 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO PRIMERO Modifícase el Artículo 22º de la Ley Nº 1632, de Telecomunicaciones, de acuerdo al siguiente texto:

“ARTICULO 22º.- TASAS DE REGULACION.- Las actividades regulatorias de la Superintendencia de Telecomunicaciones, así como la alícuota parte que corresponda a la Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial,seráncubiertasmediantetasasdeRegulación.Losmontos y formas de pago de estas tasas serán establecidos mediante reglamento, en función de los siguientes topes máximos:

  1. Para titulares de licencias y/o registros, que no sean Proveedores de Servicios o no presten Servicios de Valor Agregado: hasta el uno por ciento (1%) anual del valor estimado de mercado de los equipos utilizados que no son de propiedad de un concesionario. Se excluye a la actividad de la Radioafición de la aplicación de ésta tasa;

  2. Para titulares de concesiones, licencias y/o registros, que sean proveedores de Servicios o presten Servicios de Valor Agregado: hasta el uno por ciento (1%) de sus ingresos brutos de operación del año anterior; o

  3. Para los Servicios de Radiodifusión o Difusión de señales: hasta el medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos de operación de los titulares, deduciendo las comisiones pagadas a las agencias de publicidad por dichos ingresos y los impuestos indirectos de Ley”.

ARTICULO SEGUNDO Modificase el Artículo 41º de la Ley Nº 1632, de Telecomunicaciones, de acuerdo al siguiente texto:
ARTICULO 41

ª.- EXCLUSION.- Se excluye de la aplicación de la presente Ley, a excepción de los aspectos técnicos relacionados con el uso del espectro electromagnético, las telecomunicaciones vinculadas a la seguridad y la defensa nacional...

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