Ley 2382

GobiernoAdministrativa - Bancario
Número de Edición2382
Fecha de Publicación18 de Junio de 2002

LEY Nº 2382

LEY DE 22 DE MAYO DE 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º Se autoriza a la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz, FINDESA S.A.M., en actual proceso de liquidación voluntaria, aplicar las disposiciones contenidas en el Título I de la Ley Nº 2297, de 20 de diciembre de 2001, de Fortalecimiento de la Normativa y Supervisión Financiera y el beneficio para el pago en efectivo previsto en el Título III Artículo 21º de la misma Ley.
ARTICULO 2º La Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, continuará ejerciendo fiscalización y control sobre los procesos de liquidación voluntaria existentes a la fecha de publicación de la Ley Nº 2297, de entidades no bancarias, públicas, privadas o mixtas, hasta su conclusión.
ARTICULO 3º Se exceptúa la aplicación de los numerales 7 y 8 del Artículo 10º de la Ley Nº 1488 y los incisos b) y c) del Artículo 47º de la Ley Nº 1670, para la designación de miembros del Directorio del Fondo de Reestructuración Financiera (FRF), creado por el Artículo 127º de la Ley Nº 1488, modificado por el Artículo 13º de la Ley Nº 2297.
ARTICULO 4º Sustitúyase el...

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