Ley 101C

GobiernoAdministrativa - Adjudicación
Número de Edición101C
Fecha de Publicación11 de Octubre de 1961

VICTOR PAZ ESTENSSOROPresidente Constitucional de la RepúblicaPOR CUANTO: El H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:EL CONGRESO NACIONALDECRETA:Artículo único. – Modifícase el inciso c) de la ley de 27 de diciembre de 1958, en sentido de que en las adjudicaciones tendrán preferencia los funcionarios de la Prefectura del Departamento de Oruro, que cuentan con cinco años de servicios continuos.Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.La Paz, 18 de septiembre de 1961.(Fdo.) Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional.- E. Sandoval Morón, Presidente de la H...

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