Ley 231

GobiernoCivil Y Familiar - Civil.
Número de Edición231
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1950

Ley de 10 de enero de 1950

LEY Nº 231

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1o. — Se modifica el artículo 4º de la Ley de 19 de septiembre de 1945, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos:

“Art. 4º. — Este empréstito, que puede ser colocado también fraccionariamente, se destina a las siguientes obras públicas:

Estudio y construcción del camino asfaltado Tolata-Cliza; expropiación de inmuebles, para la construcción de un Hospital en la capital de la Provincia "Tte. Cnl. Germán Jordán"; captación y distribuición de aguas potables para las localidades de Tolata y Cliza; alcantarillado y pavimentación para ésta última ciudad (Cliza)”.

Artículo 2o.—El Empréstito de seis millones de bolivianos (Bs. 6.000.000.—) a que se refiere el artículo 1º de la Ley de 19 de septiembre de 1945, podrá ser elevado a la cantidad de doce millones de bolivianos (Bs. 12.000.000.—), con el tipo máximo de intereses de 10% anual y la amortización del 6%.

Artículo 3o.—Se modifica el inciso a) del artículo 2º de la Ley de 19 de septiembre de 1945, con los siguientes términos:

  1. La participación que corresponde a la Provincia del impuesto a la chicha, distribuido por Ley de 17 de noviembre de 1947.

Artículo 4o.—Esta Ley deroga la igual de 20 de diciembre de 1948 y cualquier otra disposición contraria.

Artículo 5o.—En todo caso, la recaudación de estos impuestos se hará en la forma que establezca la...

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