Ley 1701

GobiernoInternacional - Integración
Número de Edición1701
Fecha de Publicación 2 de Agosto de 1996

LEY N° 1701LEY DE 17 DE JULIODE 1996GONZALO SANCHEZ DE LOZADAPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPor cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,DECRETA:ARTICULO UNICO. - De conformidad al artículo 59°, atribución 1ra., de la Constitución Política del Estado, derógase la Ley N° 1598 de 12 de agosto de 1994, mediante la cual se dispuso la ratificación del Acuerdo Bilateral de Complementación Económica, suscrito con la República del Paraguay el 15 de marzo de 1994, el mismo que ha sido sustituido por el acuerdo Multilateral de Alcance deComplementación Económica con los Gobiernos de las Repúblicas de Argentina, Brasil, Paraguayy Uruguay, estadosparte del MERCOSUR,firmado el 7de diciembre de 1995.Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.Es dada en Sala de Sesiones...

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