Ley 1232

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Sustantiva – Adjetiva Tributaria
Número de Edición1232
Fecha de Publicación14 de Febrero de 1991

LEY No. 1232 LEY DE 7 DE FEBRERO DE 1991JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICAPor cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,DECRETA:ARTICULO 1º.-Ratifícanse las alícuotas establecidas por el Art. 18° de la Ley 1141 de 23 de febrero de 1990, para los impuestos específicos de: Cerveza 60 % Bebidas refrescantes embotelladas 20%El impuesto a las bebidas refrescantes, se aplicará sin ninguna excepción, cualquiera sea el tipo de envase de vidrio, plástico o metálico elaborados con o sin esencia artificial, debiéndose aplicar la alícuota del 20% sobre el precio neto o base imponible de estas bebidas, en la forma establecida en el art. 5to. de la Ley 843 de 20 de mayo de 1986.ARTICULO 2º.-Modifícase la previsión establecida en los dos últimos párrafos del art. 79° de la Ley 843 referida a la alícuota de los impuestos específicos de singanis, licores, aguardientes y vinos de fabricación nacional, de la siguiente manera: Aguardientes, singanis y licores de fabricación nacional 15% Vinos de fabricación nacional 10 %ARTICULO 3º.- La liquidación y pago de los impuestos específicos deberá realizarse en la jurisdicción municipal donde se efectúe la producción y/o la transformación de la materia prima, a cuyo fin el contribuyente debe constituir una representación legal en esa jurisdicción.ARTICULO 4º.- Quedan...

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