Resolución Nº RND-10170000024 de Servicio de Impuestos Nacionales, 26-12-2017

Fecha26 Diciembre 2017
Número de resoluciónRND-10170000024
Año2017
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO 101700000024
R-0011
ACTUALIZACIÓN DE LA ALÍCUOTA MÁXIMA DEL IMPUESTO ESPECIAL
A LOS HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS - IEHD PARA LA GESTION 2018
La Paz, 26 de diciembre de 2017
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario
Boliviano, establece que la Administración Tributaria, se encuentra facultada para dictar
normas administrativas de carácter general a l os efectos de la aplicación de la normativa
tributaria.
Que el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 24055 de 29 de junio de 1995, sustituido por
el Artículo 14 del Decreto Supremo 27190 de 30 de septiembre de 2003, esta blece
que la alícuota máxima de Bs3,50.- (Tres 50/100 Bolivianos) por litro o unidad de medida
equivalente, será actualizada anualmente por el Servicio de Impuestos Nacionales, de
acuerdo a la variación de la Unidad de Fomento de la Vivienda (UFV) entre el 1 de enero
y el 31 de diciembre de cada gestión fiscal, asimismo que la Superintendencia de
Hidrocarburos, actual Agencia Nacional de Hidrocarburos, actualizará, calculará y
publicará las nuevas alícuotas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados
(IEHD) de los productos sujetos a precios fijos, resultantes de los mecanismos,
procedimientos y fórmulas de ajuste establecidos en normativa vigente.
Que, en ejercicio de la facultad otorgada por las normas precedentemente citadas, es
necesario actualizar la alícuota máxima del IEHD, hasta el 31 de diciembre de 2017, para
establecer la alícuota máxima del IEHD válida para la gestión 2018.
Que conforme al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de
diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de
Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación
del inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02
de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas
de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacio nales, en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario
Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo Único.- Actualizar la alícuota máxima del Impuesto Especial a los Hidrocarburos
y sus Derivados (IEHD) en Bs7.64.- (Siete 64/100 Bolivianos) al 31 de diciembre de 2017,
que deberá ser utilizada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos c onforme establece el
Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 24055 de 29 de junio de 1995, sustituido por el

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