Resolución Nº Resolución Administrativa Regulatoria TL No 0073/2010 de Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, 05/02/2010

Fecha05 Febrero 2010
Número de resoluciónResolución Administrativa Regulatoria TL No 0073/2010
Tipo de documentoRESOLUCION REGULATORIA TELECOMUNICACIONES
Tipo de procesoResolucion Regulatoria
Resoluci6n Administrativa
Regulatoria
TL
No. 0073/2010
La
Paz, 5 de
febrero
de 2010
REF:
MODIFICACION
A LA
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA
REGULATORIA
TL
0009/2010 DE 8 DE
ENERO
DE 2010
(RAR
0009/2010),
EMITIDA
POR
LA
A.T.T.
VISTOS:
E1
memorial presentado a la Autoridad de Fiscalizacion y Control Social de Telecomunicaciones y
Transportes A.T.T., en fecha 29 de enero de 2010, por Ja EMPRESA TELEFONICA CELULAR
DE BOLIVIA SOCIEDAD ANONIMA (TELECEL S.A.), mediante el cual solicita aclaratoria y
complementaci6n de la RAR TL 000912010, de 8 de enero de 2010 (RAR 000912010), emitida
por la Autoridad de Fiscalizacion y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes - A.T.T.
El Infonne Tecnico N° DTTL-OD-SBA 0039/2010, de 3 de febrero de 2010, emitido por la
Jefatura de Otorgaci6n de Derechos, dependiente de la Direcci6n Tecnica Sectorial de
Telecomunicaciones de la A.T.T.
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 138 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero del 2009, dispone la extincion
de todas las Superintendencias del Sistema de Regulaci6n Sectorial -SIRESE, en un plazo
maximo de sesenta (60) dias, debiendo ser asumidas sus competencias y atribuciones por los
Ministerios correspondientes °por una nueva entidad a crearse por norma expresa.
Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo N° 0071, de 9 de abril del 2009, se crean las
Autoridades de Fiscalizacion y Control Social, en los sectores de Transportes y
Telecomunicaciones; Agua Potable y Saneamiento Basico; Electricidad; Bosques y Tierra;
Pensiones y Empresas.
Que, el paragrafo I, del articulo 4 del Decreto Supremo N° 0071, dispone que las atribuciones,
competencias, derechos y obligaciones de las ex Superintendencias Sectoriales seran asumidas por
las Autoridades de Fiscalizacion y Control Social, en
10
que no contravenga a
10
dispuesto por la
Constituci6n Politica del Estado. En ese sentido, el articulo 13 de la citada norma dispone que la
Autoridad de Fiscalizacion y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes (A.T.T.)
fiscaliza, controla, supervisa .y regula las actividades de Telecomunicaciones y Transportes,
considerando la Ley de Telecomunicaciones N°. 1632 y sus reglamentos, como marco legal
aplicable.
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Que, el articulo 17 del Decreto Supremo N" 0071, de 9 de abril de 2009, establece/,otIlj)
atribuciones de la A.T.T.:
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"(, ..) b) Otorgar, modificar y renovar titulos habilitantes y disponer la caducidadif]:7YrfcfJlofia
de estos. Para el efecto y en
10
sucesivo se entendera como titulo habilitante (1 rOlJ1j(otitac0n:o:.·
derecho otorgado
para
la prestacion 0 realizacion de actividades
en>los
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telecomunicacionesytransportes. (. ..) . . . : .
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d) Regular, controlar, supervisar, fiscalizar y vigilar la prestac;ij1J de
l;)sservicfWY
t3tJvitiades"
por
parte de las entidades y operadores bajo su jurisdiccion.reguladora y el:ClimfilinJJw'; desus

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