Decreto 28631
Gobierno | Administrativa - Poder Ejecutivo |
Número de Edición | 28631 |
Fecha de Publicación | 9 de Marzo de 2006 |
DECRETO SUPREMO Nº 28631
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que Bolivia vive momentos trascendentales de cambio institucional, dentro del cual es necesario adecuar la estructura del Poder Ejecutivo y ponerla al servicio de las mayorías marginadas y postergadas.
Que es necesario cambiar la estructura del Poder Ejecutivo, de manera que la sociedad civil y los movimientos sociales profundicen el Estado Social y Democrático de Derecho.
Que el Estado boliviano durante su vida republicana no ha logrado el desarrollo cualitativo del país y el mejoramiento de la calidad de vida de los bolivianos; al contrario, se ha caracterizado por el saqueo de sus recursos naturales y sumido al pueblo en situación de pobreza crónica.
Que para superar esta dramática situación es necesario fortalecer la soberanía del Estado, reconstruir un sistema estatal de intervención y planificación del proceso de producción de las riquezas estratégicas que aseguren el desarrollo integral del país. Que la nueva política económica debe ser la base del Estado Social y Democrático de Derecho, consagrado por la Constitución Política del Estado, para lograr el desarrollo social y mejoramiento sustancial de la vida de los bolivianos, el potenciamiento económico e institucional del Estado y el respeto pleno a los derechos humanos.
Que es necesario que la sociedad civil, los movimientos sociales y pueblos originarios recuperen la propiedad efectiva de todos los recursos naturales, para descolonizar el aparato estatal y dirigir el proceso productivo.
Que es necesario implementar un Poder Ejecutivo capaz de erradicar la corrupción, evitar la excesiva burocratización, para alcanzar el manejo transparente y dinámico de la cosa pública, ajustando la administración a una política de austeridad y de servicio al pueblo.
Que el Poder Legislativo ha sancionado la Ley Nº 3351, de fecha 21 de febrero de 2006, denominada Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) y es necesario emitir un Decreto Supremo para su aplicación, y ejecución.
Que el Poder Ejecutivo, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo N° 99 de la Constitución Política del Estado, tiene la facultad de dictar normas que permitan su buen funcionamiento.
Que con la finalidad de adecuar el funcionamiento del Poder Ejecutivo a la política antes mencionada es necesario modificar la estructura y funciones de los diferentes Ministerios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
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