Ley 668

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición739NEC
Fecha de Publicación25 de Marzo de 2015
Tipo de EdiciónNormal

LEY N° 668 LEY DE 24 DE MARZO DE 2015 EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL DECRETA: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA LA EXPROPIACIÓN DE BIENES INMUEBLES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADIO EN LA CIUDAD COCHABAMBA

Artículo 1 (OBJETO).La presente Ley tiene por objeto declarar de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles para la implementación del proyecto y construcción de un Estadio en el Municipio de Cercado del Departamento de Cochabamba, establecer la identificación de los predios y el procedimiento aplicable de expropiación
Artículo 2 (DECLARACIÓN DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA).declara de necesidad y utilidad Se pública, la expropiación de los bienes inmuebles que sean necesarios para la implementación y construcción del proyecto mencionado en el Artículo 1 de la presente Ley

Artículo 3. (IDENTIFICACIÓN DE PREDIOS Y PROCEDIMIENTO DE.

EXPROPIACIÓN).

  1. El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, tendrá a su cargo la identificación y expropiación de los bienes inmuebles necesarios para la implementación del proyecto y construcción de un Estadio en el Municipio de Cercado del Departamento de Cochabamba.

  2. La identificación de los predios y el procedimiento administrativo expropiatorio será el siguiente:

El Ministerio de Obras Públicas...

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