Ley 1509

GobiernoLUÍS ALBERTO ARCE CATACORA
Número de Edición1636NEC
Fecha de Publicación25 de Mayo de 2023
Tipo de EdiciónNormal

LEY N° 1509

LEY DE 25 DE MAYO DE 2023

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY PARA REGULARIZAR Y OPERATIVIZAR LA TRANSFERENCIA DEL BIEN INMUEBLE QUE ATRAVIESA LA LÍNEA FÉRREA, INCLUIDO EL DERECHO DE VÍA, ENTRE LAS ZONAS DE EL TEJAR - ESTADIO PATRIA - BARRIO PETROLERO - BARRIO JAPÓN - KHORA KHORA Y CKOCHIS

ARTÍCULO 1 (OBJETO).

La presente Ley, tiene por objeto aprobar y regularizar la transferencia del bien inmueble que atraviesa la línea férrea, incluido el derecho de vía, entre las zonas de El Tejar - Estadio Patria - Barrio Petrolero - Barrio Japón - Khora Khora y Ckochis, con una superficie total de derecho de vía de 613.986,71 metros cuadrados (m2), en favor del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, para el Desarrollo Urbano de la ciudad de Sucre, de conformidad con la Resolución de Directorio N° 002/2023, de 12 de abril de 2023, emitida por el Directorio de la Empresa Nacional de Ferrocarriles.

ARTÍCULO 2 (REGULARIZACIÓN DE DERECHO PROPIETARIO).

Se autoriza a Derechos Reales, realizar la inscripción del Primer Registro del Derecho Propietario de la línea férrea, incluido el derecho de vía, entre las zonas de El Tejar - Estadio Patria - Barrio Petrolero - Barrio Japón - Khora Khora y Ckochis, con una superficie de 613.986,71 metros cuadrados (m2), a nombre del Estado Boliviano, Empresa Nacional de Ferrocarriles, de acuerdo a los planos presentados por la Empresa Nacional de Ferrocarriles y aprobados por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.

  1. El Gobierno Autónomo Municipal de Sucre en su jurisdicción, y en coordinación con la Empresa Nacional de Ferrocarriles coadyuvará a realizar el recojo de la línea férrea, rieles y otro material ferroviario, bajo inventario conjunto, a cargo de ambas entidades, que serán retirados del tramo integrante del Ramal Río Mulato - Potosí - Sucre. Todos los materiales serán reutilizados en el desarrollo urbano de la ciudad de Sucre.

  2. El Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, en coordinación con la Empresa Nacional de Ferrocarriles coadyuvará a realizar el levantamiento topográfico de la Ex Línea Férrea; Ramal Rio Mulato - Potosí - Sucre, en toda su...

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