Ley 1489
Gobierno | Tributaria, Aduanera Y Financiera - Sustantiva  Adjetiva Aduanera |
Número de Edición | 1489 |
Fecha de Publicación | 7 de Mayo de 1993 |
LEY N° 1489
LEY DE 16 DE ABRIL DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ALCANCE DE LA LEY
Quedán fuera del alcance de esta Ley, aquellas mercancías y servicios, objeto de legislación específica, con excepción de los que corresponden al sector minero-metalúrgico.
DEFINICIONES Y CLASIFICACION
Las mercaderías que retornen al territorio aduanero pagarán los derechos arancelarios y se devolverán los valores actualizados de los beneficios recibidos.
A efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el sector de turismo, se considera como exportación de servicios.
a)
La venta de servicios turísticos que efectúen los operadores nacionales de Turismo Receptivo en el exterior.
b)
Los servicios de hospedaje prestados por establecimientos hoteleros a turistas extranjeros sin domicilio o residencia en Bolivia
El respectivo procedimiento será reglamentado por el Poder Ejecutivo
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La salida de mercancías que proviene de un país extranjero y se encuentren en tránsito por el territorio nacional con destino a un tercer país.
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La reexpedición de mercancías que salgan de las zonas francas con destino a otro país.
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Las exportaciones temporales.
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Toda mercancía que ingresa al país bajo el sistema zonas francas y del RITEX, siempre y cuando no haya sido sometida a ningún proceso de transformación ni incorporación, en su mismo estado, a otro producto exportado.
A los fines de la presente Ley, la mercancía que salga de las zonas francas nacionales será considerada reexpedida siempre que cumpla con los requisitos y reglamentos aplicables sobre porcentaje de componente local, normas de origen, de reenvío y otros que fuesen legislados o reglamentados por las autoridades bolivianas en concordancia con disposiciones, acuerdos y normas internacionalmente aceptados; otorgándoles si fuera el caso el certificado de origen boliviano, con fines de identificación de procedencia, a las mercancías reexpedidas de las zonas francas industriales.
DE LAS GARANTIAS
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Afecten a la salud pública.
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Afecten a la seguridad del estado.
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Afecten a la preservación de la fauna y flora y al equilibrio ecológico, particularmente la internación de deshechos nucleares.
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Tengan prohibición expresa mediante Ley de la República o instrumentos jurídicos internacionales.
De igual manera, se garantiza la libertad de exportación de mercancías y servicios, con excepción de aquellos que tengan prohibición expresa mediante Ley de la República y de aquellos que afecten a:
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La salud pública.
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La seguridad del Estado.
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La preservación de la fauna y flora y el equilibrio ecológico.
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La conservación de...
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