Decreto Supremo 4584
Gobierno | LUÍS ALBERTO ARCE CATACORA |
Número de Edición | 1428NEC |
Fecha de Publicación | 15 de Septiembre de 2021 |
Tipo de Edición | Normal |
DECRETO SUPREMO N° 4584
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, determina que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, además de las que establece la Constitución y la ley, dictar decretos supremos y resoluciones.
Que el Parágrafo II del Artículo 348 del Texto Constitucional, dispone que los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país.
Que el Artículo 356 de la Constitución Política del Estado, establece que las actividades de exploración, explotación, refinación, industrialización, transporte y comercialización de los recursos naturales no renovables tendrán el carácter de necesidad estatal y utilidad pública.
Que el Parágrafo I del Artículo 361 del Texto Constitucional, señala que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB es una empresa autárquica de derecho público, inembargable, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, en el marco de la política estatal de hidrocarburos. YPFB, bajo tuición del Ministerio del ramo y como brazo operativo del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de la cadena productiva de hidrocarburos y su comercialización.
Que el líder socialista, Marcelo Quiroga Santa Cruz, fue torturado, asesinado y desaparecido durante el golpe de Estado del año 1980, quien promovió, a través del Decreto Supremo N° 08956, de 17 de octubre de 1969, la reversión al Estado de todas las concesiones otorgadas a Bolivian Gulf Oil Company, y la nacionalización de todas sus instalaciones, inmuebles, medios de transporte, estudios, planos, proyectos y todo otro bien, sin excepción alguna.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
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Denominar "Marcelo Quiroga Santa Cruz" a la Planta Urea - Amoníaco de Carrasco, ubicada en el Municipio de Entre Ríos, Provincia Carrasco del Departamento de Cochabamba.
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El Presidente Ejecutivo de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo, a partir de su publicación.
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