Decreto Supremo 3028

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición920NEC
Fecha de Publicación21 de Diciembre de 2016
Tipo de EdiciónNormal

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.

Que el Artículo 244 del Texto Constitucional, señala que las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, su honor y la soberanía del país; asegurar el imperio de la Constitución, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido, y participar en el desarrollo integral del país.

Que el Parágrafo I del Artículo 246 de la Constitución Política del Estado, determina que las Fuerzas Armadas dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado y reciben sus órdenes, en lo administrativo, por intermedio de la Ministra o del Ministro de Defensa y en lo técnico, del Comandante en Jefe.

Que el Artículo 6 de la Ley N° 1405, 30 de diciembre de 1992, señala que las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia nacional, la seguridad y estabilidad de la República actual Estado Plurinacional, el honor y soberanía nacional, asegurar el imperio de la Constitución Política del Estado, garantizar la estabilidad del gobierno legalmente constituido y cooperar en el desarrollo integral del país.

Que los incisos ñ) y q) del Artículo 65 de la Ley N° 1405, establecen entre las atribuciones y responsabilidades de los Comandantes Generales de Fuerza, ejercer la administración del Personal de su Fuerza, elaborando las Ordenes Generales de Ascensos y Destinos, para su aprobación por el Comandante en Jefe; y disponer la elaboración y actualización de los Reglamentos necesarios para el eficaz desenvolvimiento de su Fuerza, en coordinación con el Comando en Jefe.

Que el Decreto Supremo N° 24886, de 29 de octubre de 1997, crea la Unidad de Seguridad Presidencial.

Que el Decreto Supremo N° 28288, de 11 de agosto de 2005, establece los servicios de custodia y protección física que presta la Unidad de Seguridad Presidencial a cargo del Ministerio de Gobierno para el Presidente de la República, Vicepresidente de la República, los ex Presidentes y ex Vicepresidente de la República y los dignatarios...

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