Decreto Supremo 2310

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición739NEC
Fecha de Publicación25 de Marzo de 2015
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO N°2310 EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O: Que el Parágrafo V del Artículo 48 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado promoverá la incorporación de las mujeres al trabajo y garantizará la misma remuneración que a los hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el ámbito público como en el privado.

Que el Parágrafo V del Artículo 306 del Texto Constitucional, dispone que el Estado tiene como máximo valor al ser humano y asegurará el desarrollo mediante la redistribución equitativa de los excedentes económicos en políticas sociales, de salud, educación, cultura, y en la reinversión en desarrollo económico productivo.

Que el numeral 1 del Artículo 334 Constitución Política del Estado, en el marco de las políticas sectoriales, señala que el Estado protegerá y fomentará las organizaciones económicas campesinas y las asociaciones u organizaciones de pequeños productores urbanos, artesanos, como alternativas solidarias y recíprocas. La política económica facilitará el acceso a la capacitación técnica y a la tecnología, a los créditos, a la apertura de mercados y al mejoramiento de procesos productivos.

Que el Decreto Supremo Nº 29145, de 30 de mayo de 2007, establece con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN, un Fideicomiso para la otorgación de créditos que financien iniciativas productivas.

Que la lucha contra la pobreza será más efectiva si se promueve el acceso al crédito de mujeres en desventaja social y económica, incluyendo asistencia técnica y educación financiera.

EN CONSEJO DE MINISTROS, D E C R E T A: ARTÍCULO ÚNICO.- mujeres que desarrollan actividades en el sector productivo, en áreas rural y urbana, Las podrán acceder a préstamos bajo el producto denominado "Crédito Productivo Grupal para la Mujer", establecido en el marco del Fideicomiso para el Desarrollo Productivo, autorizado por Decreto Supremo Nº 29145, de 30 de mayo de 2007.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR