Decreto Supremo 1692

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición550NEC
Fecha de Publicación14 de Agosto de 2013
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO N° 1692 EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O: Que el Decreto Supremo Nº 1607, de 12 de junio de 2013, autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras transferir a título gratuito a favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, el bien inmueble ubicado en la Región de Seguencoma de la ciudad de La Paz, con destino exclusivo a la implementación del Campo Ferial "Chuquiago Marka".

Que el Convenio Interministerial, suscrito en fecha 7 de febrero de 2011, entre el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, establece los mecanismos para la ejecución del Proyecto de Construcción del Campo Ferial "Chuquiago Marka", en el predio ubicado en la zona de Seguencoma, con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación - TGN.

Que mediante Resolución Ministerial N° 040, de 14 de febrero de 2011, del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se autoriza a la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos, la responsabilidad de gestión, administración manejo, control y ejecución del Proyecto Construcción del Campo Ferial "Chuquiago Marka", con recursos del TGN

Que por la envergadura del Proyecto, éste se constituye en un emprendimiento nacional de naturaleza estatal, que pretende atender las necesidades de los actores sociales de la matriz productiva, fomentando la economía plural para cuya implementación y puesta en marcha, se precisan realizar de manera inmediata contrataciones de bienes y servicios para su equipamiento y el establecimiento de medidas de seguridad.

Que para dar cumplimiento a la implementación del Campo Ferial "Chuquiago Marka", establecido mediante Decreto Supremo Nº 1607, es necesario autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos la implementación técnica, administrativa y legal del mismo.

EN CONSEJO DE MINISTROS, D E C R E T A: ARTÍCULO ÚNICO.-

  1. Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través...

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