Auto Nº 022/2016 de Corte Suprema, 15-01-2016

Fecha15 Enero 2016
Número de auto022/2016
Número de expediente0-21-15-S
EmisorSala Civil
as201620022

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L



Auto Supremo: 22/2016

Sucre: 15 de enero 2016

Expediente: 0-21-15-S

Partes: Adelaida R.S.A. de Z.. c/ Corporación Industrial

Sabaya (CORINSA S.R.L) representado por O.E.M..

Proceso: Reivindicación.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 311 a 313 de obrados, impugnando el Auto de Vista No 32/ 2015 de fecha 12 de febrero de 2015, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso de Reivindicación seguido a instancia de Adelaida R.S.A. de Z. contra la Corporación Industrial Sabaya (CORINSA S.R.L.), la respuesta del recurso de fs. 317 a 318, la concesión del recurso de fs. 319 de obrados, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Adelaida R.S.A. de Z. interpuso demanda de reivindicación de un lote de terreno ubicado en la zona A., signado como Lote No 2, M. “B” con una superficie de 337.50 m2., indicando que la empresa Corporación Industrial Sabaya (CORINSA S.R.L.) ha procedido a construir en su indicado lote sin su autorización, habiendo reclamado al Gerente General de la mencionada empresa, quien no dio ninguna explicación, razón por la cual demanda la reivindicación del mencionado lote así como el pago de daños y perjuicios ocasionados.

Citada la empresa demandada la misma contesta y reconviene fuera del plazo previsto por ley, lo que amerito su rechazo.

Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 26/2014, de fecha 23 de abril del 2014, por el cual declaró improbada la demanda.

Contra esta resolución la demandante A.R.S.A. de Z. interpuso recurso de apelación, cursante de fs. 211 a fs. 212: en conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro pronunció Auto de Vista No 145 /2014, cursante de fs. 238 a 243 por el cual anuló la Sentencia apelada debiendo el Juez de la causa dictar nueva resolución de acuerdo a lo señalado en el Auto de Vista, sin responsabilidad por ser excusable.

En cumplimiento del Auto de Vista Nº 145/2014 el Juez de la causa pronunció nueva Sentencia Nº 67/2014, de fecha 10 de octubre de 2014, cursante de fs. 260 a 263 por la cual declaró probada la demanda, disponiendo que la entidad demandada CORPORACION INDUSTRIAL SABAYA (CORINSA S.R.L.) representada por O.E.M. restituya el lote de terreno, otorgando el plazo de 30 días bajo alternativa de desapoderamiento en caso de negativa. Con relación a los daños y perjuicios demandados se dispone la averiguación de su existencia así como de su cuantificación en ejecución de Sentencia.

Contra esta resolución CORPORACIÓN INDUSTRIAL SABAYA S.R.L., interpuso recurso de apelación, cursante de fs. 266 a 268 vta., en conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Oruro pronunció Auto de Vista Nº 32/2015, de fecha 12 de febrero de 2015, cursante de fs. 301 a 309, por el cual revocó la Sentencia 067/2014 de fecha 10 de octubre de 2014 y deliberando en el fondo declaró improbada la demanda interpuesta por A.R.S.A. de Z., sin costas por la revocatoria.

Contra esta resolución de Alzada la demandante interpuso recurso de casación en el fondo cursante de fs. 311 a 313 de obrados el cual se analiza:

CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

La recurrente interpuso recurso de casación en el fondo...

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