Ley 1757

GobiernoInternacional - Penal
Número de Edición1757
Fecha de Publicación27 de Febrero de 1997

LEY Nº 1757

LEY DE 4 DE FEBRERO DE 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad al artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República del Perú sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores Bajo Tratamiento Especial, suscrito en Lima, el 27 de julio de 1996.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos noventa y siete años.

Fdo. Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern, Walter Zuleta Roncal, Guido Capra Jemio, Imel...

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