Ley 3776

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3776
Fecha de Publicación12 de Noviembre de 2007

LEY Nº 3776

LEY DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de La Paz, ejecutar los estudios de preinversión y construcción del tramo La Paz - Palca - Chuñavi - Chulumani.

Artículo 2. En la ejecución de los trabajos de la carretera se deberá precautelar la preservación de la ruta precolombina para incentivar la actividad turística a través de la firma de un convenio con la Unidad Nacional de Arqueología UNAR.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil siete años.

Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo...

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