Ley 677

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición677
Fecha de Publicación21 de Diciembre de 1984

LEY DE 7 DE DICIEMBRE DE 1984

No. 677

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Declárase de necesidad nacional y utilidad pública la construcción de la carretera San Ana, capital de la provincia Yacuma Departamento del Beni, a Puerto Yata, con el objeto de vincular la provincia Yacuma con la red fluvial nacional.

ARTICULO 2o.- El Poder Ejecutivo asignará las partidas presupuestarias necesarias en el Presupuesto General de la Nación, a partir de la gestión 1985.

Es dada en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo...

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