Ley 790

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición790
Fecha de Publicación14 de Febrero de 1986

LEY DE7 DEFEBRERO DE 1986

LEY Nº790

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1o.- Créase el cantón Villa Rosario, en la Provincia Atahuallpa del Departamento de Oruro, con los siguientes límites: al norte, con el cantón Huanuni; al sur, con el cantón Villa Vitalina; al este, con el cantón Chipaya; y, al oeste, con loscantones de Huanuni y Villa Vitalina.

ARTICULO 2o.-De conformidadal artículo 6º del decreto supremo Nº 2282, de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar se hará cargo de la correspondiente delimitación.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 3 de septiembre de 1985

Fdo.-Oscar Zamora M., Gastón Encinas V.,Jaime Villegas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR