Ley 1478

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición1478
Fecha de Publicación23 de Abril de 1993

LEY No. 1478

LEY DE 5 DE ABRIL DE 1993

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidadcon elartículo 59o, atribución 5a, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Protocolo Financiero suscrito entre la República de Bolivia y la República de Francia, en fecha 29 de mayo de 1992, por la suma de Fr.F, 45.00.000.- (CUARENTA Y CINCO MILLONES DE FRANCOS FRANCESES), de los cuales Fr.F. 10.000.000.- son en calidad de donación y Fr. Fr. 35.000.000.- como crédito, cuyo destino es el financiamiento del Proyecto Agua Potable para Cochabamba a ser ejecutado por SEMAPA.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres años.

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