Ley 3047

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Hidrocarburos
Número de Edición3047
Fecha de Publicación16 de Mayo de 2005

LEY Nº 3047

LEY DE 29 DE ABRIL DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Declárase de prioridad nacional y autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, la conexión de la tubería de la red primaria de gas natural e instalación de puestos de medición y regulación que sean necesarios en los siguientes tramos, correspondientes a municipios del Departamento de Tarija:

- Pajonal - Entre Ríos

- San Alberto - Loma Alta - Molino Viejo - Caraparí

- La Pintada - El Valle de Concepción - Padcaya

- San Lorenzo - Lajas - Canasmoro

- Bermejo - Colonia Linares.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de abril de dos mil cinco años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR