Ley 4037

GobiernoAdministrativa - Presupuestaria
Número de Edición4037
Fecha de Publicación 1 de Julio de 2009

LEY Nº 4037

LEY DE 17 DE JUNIO DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro a programar de manera concurrente, recursos económicos en todos sus presupuestos anuales, para la ejecución del Programa de Vivienda Social y Solidaria- PVS, implementado por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo.

Artículo 2. El Programa Vivienda Social y Solidaria, recibirá recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos IDH, correspondientes a la Prefectura y Municipios de Oruro, para su ejecución e implementación a favor de la población en general de este Departamento.

Artículo 3. Podrán acceder al Programa de Vivienda Social y Solidaria, todas las personas que cumplan los requisitos establecidos en la Reglamentación del Programa.

Artículo 4. El Programa de Vivienda Social y Solidaria, será ejecutado por la Prefectura del Departamento de Oruro,, Municipios del Departamento, en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo.

Artículo 5. El Poder Ejecutivo en coordinación con la...

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