Ley 2176

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición2176
Fecha de Publicación 6 de Marzo de 2001

LEY N° 2176

LEY DE 16 DE FEBRERO DE 2001

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- De conformidad con la atribución 7°, del artículo 59°, de la Constitución Política del Estado, autorízase, a la Universidad Técnica de Oruro la enajenación a título oneroso, del inmueble de su propiedad, denominado "Vivero Forestal", con una superficie de 6.227.88 m2, ubicado en la calle Ormachea N° 429 entre las calles 11 y 12, frente a la Plaza Colón (ahora, Franz Tamayo) de la zona de Obrajes, de la ciudad de La Paz, cuyo derecho propietario se encuentra registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de La Paz, bajo la partida N° 89, fojas N° 89 del Libro D.

ARTICULO SEGUNDO.- Los recursos provenientes por concepto de la enajenación de dicho inmueble, serán destinados por el Honorable Consejo Universitario de la Universidad Técnica de Oruro, para la construcción de infraestructura física, el equipamiento de laboratorios y gabinetes de las diferentes unidades facultativas, con el propósito de mejorar el proceso enseñanza - aprendizaje, la modernización de bibliotecas y sistema de información

.

ARTICULO TERCERO.- El procedimiento de enajenación se...

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