Ley 1323

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Minería
Número de Edición1323
Fecha de Publicación18 de Mayo de 1992

LEY Nro. 1323
LEY DE 23 ABRIL DE 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad nacional la prospección y evaluación de yacimientos metálicos, no metálicos, rocas y materiales de aplicación industrial en la Cordillera Andina Oriental Sierras Subandinas y Llanura Chaqueña en el Departamento de Tarija.

ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Minería, en coordinación con el Ministerio de Planeamiento y la Corporación Regional de Desarrollo de Tarija (CODETAR), realice a partir de la presente gestión, el desarrollo de un Programa de Prospección, evaluación y explotación de yacimientos metálicos, no metálicos, rocas y materiales de uso industrial en las tres regiones del departamento de Tarija.

ARTICULO TERCERO.- Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar financiamiento interno y/o externo para desarrollar el programa.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines...

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