Ley 1329

GobiernoAdministrativa - Desastre Natural
Número de Edición1329
Fecha de Publicación18 de Mayo de 1992

LEY Nro. 1329
LEY DE 23 ABRIL DE 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase “ZONA DE EMERGENCIA Y DESASTRE ECOLOGICO NACIONAL” al Valle del Departamento de Tarija.

ARTICULO SEGUNDO.- Los recursos necesarios para la implementación prioritaria de programas y proyectos, destinados al control de la erosión y recuperación del Valle Central de Tarija, deberán ser canalizados por el Fondo Nacional para el Medio Ambiente (FONAMA) así como otras instituciones involucradas en la problemática.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años.

Fdo. Guillermo Fortún...

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