Ley 3284

GobiernoInternacional - Administrativo
Número de Edición3284
Fecha de Publicación19 de Diciembre de 2005

LEY N° 3284

LEY DE 10 DE DICIEMBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Protocolo Modificatorio del Convenio Constitutivo de la Corporación Andina de Fomento” suscrito el 24 de octubre de 2005.

Conforme a lo estipulado en el Artículo IV el Protocolo Modificatorio entrará en vigencia en la fecha de depósito de los instrumentos de ratificación de todas las partes contratantes.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de...

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