Ley 4146

GobiernoAdministrativa - Infraestructura De Agua
Número de Edición4146
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 2009

LEY Nº 4146

LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Se declara de prioridad e importancia departamental, la construcción de una represa en la localidad de Jachuyo y la ejecución del Sistema de Riego en la comunidad y otras aledañas del Municipio de Soracachi del Departamento de Oruro.

Artículo 2. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro para que en coordinación con el Gobierno Municipal de Soracachi, realicen el estudio a diseño final del Proyecto de Riego.

Artículo 3. Se encomienda a la Prefectura del Departamento de Oruro para que en coordinación con el Municipio de Sorocachi, realicen las gestiones necesarias para la obtención de recursos económicos que posibiliten la ejecución de las obras a partir de la promulgación de la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso...

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