Ley 4143

GobiernoAdministrativa - Servicio De Transporte
Número de Edición4143
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 2009

LEY Nº 4143

LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Incorpórase a la Red Departamental de Caminos el tramo carretero: Cruce Corpa - Puente Querapi - Querapi - Chiluni - Centro Belén - Jutipampa - Pujraca - Janku Uma - Chiñaya - Kellahuyo - Santiago de Machaca - Ticata - Villa Ticata - Cutucutu - Pacolla - Chualluma - Hito 25 y la construcción del Puente Querapi sobre el río Suches en la Provincia Eliodoro Camacho del Departamento de La Paz.

Artículo 2. Para el propósito establecido en el Artículo que antecede los Gobiernos Municipales involucrados, aportarán con un 20% de inversión, con una contraparte del 80% por parte de la Prefectura del Departamento de La Paz para la ejecución de obras, a partir de la promulgación de la presente Ley.

Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso...

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