Ley 854

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición854
Fecha de Publicación30 de Mayo de 1986

LEY DE 29 DE ABRIL DE 1986

Nº 854

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Créase el cantón Ajllata Grande, en la jurisdicción de la Primera Sección de la provincia Omasuyos del Departamento de La Paz; siendo sus límites al Norte, con el lago Titicaca; al Sur con el cantón Janco Amaya; al Este, con Achacachi capital de la Primera Sección de la provincia Omasuyos; y al Oeste, con el Lago Titicaca.

ARTICULO 2º.- Las comunidades que integranelcantón Ajllata Grande, son las siguientes: Ajllata Grande, Chejelaya, Corilaya, Cocani, Ayata, Confuri, Toke Ajllata, Pucuro, Ajaria Chica y Ajaria Grande.

ARTICULO 3º.-En conformidad al artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR