Ley 2876

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2876
Fecha de Publicación15 de Octubre de 2004

LEY N° 2876

LEY DE 8 DE OCTUBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional y necesidad regional, el diseño y la construcción del puente sobre el río Wasa Mayo, en el tramo que conecta la antigua carretera Cochabamba - Santa Cruz con la Avenida Santa Cruz, jurisdicción de la Primera Sección de la Provincia Punata, Departamento de Cochabamba.

ARTICULO 2°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo, por intermedio de la Prefectura del Departamento de Cochabamba, contemplará recursos a través de su Plan Operativo Anual de la gestión correspondiente, asumiendo la responsabilidad del estudio de factibilidad, ingeniería y diseño final de ejecución del proyecto citado.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los...

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