Ley 3679

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Religiosa
Número de Edición3679
Fecha de Publicación15 de Mayo de 2007

LEY Nº 3679

LEY DE 25 DE ABRIL DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Declárase de prioridad regional la refacción de la Iglesia de Chaguaya, manteniendo su estructura colonial, ubicada en el Municipio de Padcaya, Primera Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija.

ARTÍCULO 2. El Poder Ejecutivo, a través de las instancias pertinentes, Prefectura del Departamento y el Gobierno Municipal de Padcaya, quedan encargados de gestionar los recursos económicos internos y externos en coordinación, debiendo proceder a la ejecución de la refacción.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de abril de dos mil siete años.

Fdo. José...

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