Decreto Ley 2821

GobiernoAdministrativa - Organización Estatal
Número de Edición2821
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1951

25 de octubre

DECRETO LEY Nº 2821

Gral. de Brig. HUGO BALLIVIAN R.

Presidente del la Junta Militar de Gobierno.

CONSIDERANDO:

Que, con frecuencia alarmante, se vienen cometiendo delitos y faifas de Tránsito, que por falta de legislación adecuada, quedan sin sanción.

CONSIDERANDO:

Que, es deber del Gobierno dictar una Ley General de Tránsito, que considere todos los aspectos y sanciones que deben imponerse a los infractores, ya sean ellos conductores de vehículos motorizados, peatones o pasajeros.

En Junta Militar de Gobierno, se expide el siguiente Decreto-Ley:

Articulo único. - Se aprueba la nueva Ley Orgánica de Tránsito en sus nueve capítulos y setenta artículos.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto-Ley.

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